Hernández Lárez: La Operación Neblina 2024 continúa desplegada en el estado Amazonas

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La FANB continúa ejerciendo la soberanía nacional contra grupos delincuenciales de minería ilegal en Amazonas
Foto: Red Social X

Publicado: 29/04/2024 10:11 AM

El Comandante Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), G/J Domingo Hernández Lárez, anunció que como parte  de la Operación Neblina 2024, los funcionarios de la FANB continúan  desplegados en el estado Amazonas, "ejerciendo la soberanía nacional contra grupos delincuenciales de minería ilegal que traspasan las áreas de seguridad y defensa en nuestras fronteras para cometer ecocidio en el estado Amazonas".

A través de una publicación en su cuenta en la red social X, Hernández Lárez, recordó que dentro de los parques nacionales del estado Amazonas, esta prohibidos los cultivos agrícolas en general, la cría comercial o de subsistencia de animales domésticos, la agroforestería o actividades agro-silvo-pastoriles y la acuicultura comercial; la minería y la explotación de hidrocarburos;  la construcción de diques marginales a cursos de agua y obras hidráulicas similares; las plantaciones forestales de cualquier tipo, así como la introducción y siembra de plantas exóticas, a excepción de la siembra de arbustos y hierbas de valor ornamental en jardines de las zonas de servicios. Así como la construcción de cualquier tipo de planta de generación de electricidad y el aprovechamiento forestal; cualquier tipo de establecimiento comercial, excepto ventas de souvenirs, artesanías locales y concesionarios de los servicios públicos que se presten dentro del parque y las industrias no artesanales. 

Igualmente, están prohibidos la instalación de vallas y anuncios publicitarios comerciales; los desarrollos urbanísticos y asentamientos humanos, las urbanizaciones y clubes turísticos, públicos o privados; la experimentación y manipulación de los recursos naturales renovables contenidos en el área, con fines de su aprovechamiento comercial o de subsistencia y cualquier otro expresamente prohibido por las características especiales del área, en su correspondiente plan de ordenación y manejo y respectivo reglamento de uso.




REDACCIÓN MAZO

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