¡Sin cuento! Conozca la condena que pagaría en Colombia quien promueva una guerra

Desde 13 años de carcel hasta la muerte establecen los diferentes códigos pe nales del continente a quienes promuievan la guerra
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Publicado: 16/05/2019 10:35 AM

En Colombia el golpista Juan Guiadó estaría cumpliendo una condena de 13 a 30 años por pedir una intervención militar o llevar a ese país a la guerra.

El artículo 456 del Código Penal de Colombia establece que: “El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, o el extranjero que deba obediencia al Estado Colombiano, que intervenga en actos de hostilidad militar o en conflictos armados contra la patria, incurrirá en prisión de ciento sesenta (160) a trescientos sesenta (360) meses. Si como consecuencia de la intervención, se pone en peligro la seguridad del Estado o sufren perjuicio sus bienes o las fuerzas armadas, la pena se aumentará hasta en una tercera parte”.

Por su parte, el artículo 458 de la misma norma indica que: “El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, o el extranjero que deba obediencia al Estado, que realice actos dirigidos a provocar contra Colombia guerra u hostilidades de otra u otras naciones, incurrirá en prisión de ciento sesenta (160) a trescientos sesenta (360) meses. Si hay guerra o se producen las hostilidades, la pena imponible se aumentará hasta en una tercera parte”.

Tras su fracaso en el intento de golpe de Estado del 30 de abril en el Ditsribuidor Altamira, Guaidó ha seguido el discurso guerrerista del secretario de Estado estadounidense, Mike Pompeo y el asesor de Seguridad Nacional de la Casa Blanca, John Bolton y ha pedido en reietradas oportunidades intervención militar gringa contra Venezuela.

De hecho, el prófugo de la justicia, Carlos Vecchio, dirigió el pasado fin de semana por instrucciones de Guaidó una carta al jefe del Comando Sur, Craig S. Faller, “para avanzar en planificación estratégica y operativa” para supuestamene restaurar la democracia. La misiva se produjo luego que el 9 de mayo, el mismo día que la Armada venezolana expulsara al buque de la Guardia Costera Estadounidense USCG James, el jefe del Comando Sur, se pusiera a la orden del golpista para apoyar a los “líderes de la Armada” que “tomen la decisión correcta” y “se restaure el orden constitucional”.        

En Perú, cuyo gobierno apoya al golpista Juan Gaidó y al resto de la derecha venezolana, también condenan con cárcel a quien promueva una intervención o una guerra-

El Código Penal peruano establece en su artículo 325 que: “El que practica un acto dirigido a someter a la República, en todo o en parte, a la dominación extranjera o a hacer independiente una parte de la misma, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años”.

Por su parte, el artículo 329 contempla que “el que entra en inteligencia con los representantes o agentes de un Estado extranjero, con el propósito de provocar una guerra contra la República, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte años”.

Promover la intervención militar contra el país es un delito de traición a la patria en Venezuela. El Código Penal en su artículo 128 castiga con pena de 20 a 30 años a quien “conspire contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones republicanas”.

La muerte o la prisión serían las condenas que aplicaría Estados Unidos (EEUU) si alguien traicionara los intereses de ese país.

En Estados Unidos es un delito federal la traición. En ese sentido, el Código de los EEUU 18 § 2381; establece que “quienquiera que debe lealtad a los Estados Unidos, realice una guerra contra ellos o se adhiera a sus enemigos,brindándoles ayuda y consuelo dentro de los Estados Unidos o en cualquier otro lugar, esculpable de traición y sufrirá la muerte, o será encarcelado por lo menos cinco años y multado bajo este título pero no menos de $10,000; y será incapaz de ocupar un cargo bajo los Estados Unidos”, cita el portal web https://alertapolitica.org.

 

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